El Código Técnico para la Edificación (CTE) indica que la ventilación es un concepto básico que debe ser obligatorio para edificación de modo que sea capaz de eliminar los contaminantes del interior de las edificios, tales como: CO2, CO, NOx, SO2, olores, compuestos orgánicos volátiles, humedad, partículas en suspensión,… y dedica un esfuerzo especial a los riesgos del gas radón.
Estos contaminantes indicados están disponibles de manera más habitual de lo que pensamos en nuestras viviendas en formas de: polvo, barnices, pinturas, acetona, humo de tabaco, ciertos productos de limpieza, gases de combustión de productos fósiles,…
La normativa actual en viviendas de nueva edificación y en reforma es clara para en qué casos es obligatoria la instalación de un sistema de ventilación mecánica para garantizar un caudal mínimo de aire por cada una de los locales destinados a uso por personas, inclusive aunque sean trasteros.
Toda esa evolución normativa, es necesaria ya que las nuevas técnicas constructivas y las necesidades de mejorar la eficiencia energética, convierten a las edificaciones en verdaderos búnkeres térmicos que impiden la ventilación natural por puertas y ventanas, como se permitía hace años.
